Según el artículo 30 “Fabricar, tener, portar, almacenar, distribuir, transportar, comercializar, manipular o usar artículos pirotécnicos, fuegos artificiales, pólvora o globos sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente, de la Ley 1801 de 2016, fueron entregados al cuerpo oficial de bomberos para su destrucción, salvaguardando asíContinuar Leyendo