El Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga declaró en desacato al alcalde de Piedecuesta, Óscar Javier Santos Galvis, y al secretario de Seguridad y Convivencia, Fernando Alcides García Arenas, por incumplir una medida cautelar relacionada con la protección de los derechos colectivos de los residentes del conjunto residencial La Rioja P.H.
La decisión, proferida el 2 de julio de 2026 y notificada el 3 de julio, concluyó que las actuaciones adelantadas por la Administración Municipal no fueron suficientes para dar cumplimiento a la orden impartida por el despacho judicial, que exigía la elaboración e implementación de un plan de intervención integral para atender las afectaciones generadas por establecimientos comerciales ubicados en el sector.
Según el fallo, aunque el Municipio presentó evidencia de operativos, actuaciones administrativas y controles interinstitucionales, el juez determinó que estas medidas fueron aisladas y reactivas, sin demostrar la existencia de una estrategia estructurada, permanente, coordinada y verificable que permitiera solucionar de fondo la problemática.
El despacho también consideró acreditados tanto el elemento objetivo como el subjetivo del desacato, al señalar que hubo un incumplimiento material de la orden judicial y una actuación negligente por parte de los funcionarios responsables.
Como consecuencia, el juzgado impuso al alcalde y al secretario de Seguridad una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) para cada uno, recursos que deberán ser consignados al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 472 de 1998.
La providencia ordena además remitir el expediente al Tribunal Administrativo de Santander, que deberá revisar la decisión mediante el grado jurisdiccional de consulta antes de que quede en firme.
El proceso se originó por un incidente de desacato promovido por el Conjunto Residencial La Rioja P.H., cuyos habitantes denunciaron el presunto incumplimiento de la medida cautelar emitida el pasado 17 de febrero de 2026, mediante la cual se ordenó al Municipio adoptar acciones concretas para controlar las actividades comerciales que, según los residentes, afectan la tranquilidad, la seguridad y la convivencia en el sector.








