Las plenarias de Cámara y Senado de la República aprobaron por unanimidad en segundo debate el proyecto de ley que crea el nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero.
Se trata, según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian, de “un paso histórico para la seguridad jurídica, el control de las fronteras y la lucha real contra el contrabando en Colombia».
De esta manera el Congreso de la República respondió al llamado que formuló la Corte Constitucional que le pidió al Legislativo aprobar esta nueva reglamentación
“Me complace informarle al país que después de un proceso riguroso, técnico y responsable, y muy constructivo entre todos los más de 35 gremios del comercio exterior, con participación de todas las bancadas políticas que participan en el Congreso de la República, y con el liderazgo de la Dian en la discusión de los aspectos técnicos, se logró aprobar este Régimen Sancionatorio Aduanero», destacó el director General de la Dian, Carlos Emilio Betancourt Galeano.
Dijo el funcionario que fueron 39 mesas técnicas para lograr el texto consensuado de 114 artículos que tiene la nueva Ley.
Protección de la autoridad aduanera
El director de la Dian explicó que, de no haberse aprobado la iniciativa, el país hubiera quedado expuesto a un limbo jurídico pues la entidad habría quedado sin instrumentos para controlar las fronteras y combatir el comercio ilícito y con la posibilidad de perder:
– $190 mil millones en liquidaciones oficiales sin posibilidad de cobro.
– $800 mil millones en sanciones.
– $211 mil millones en mercancías aprehendidas que hubiesen tenido que devolverse.
El nuevo Régimen, además, blinda jurídicamente la continuidad de 11.180 procesos fiscales aduaneros y 1.840 procesos oficiales valorados en $3,2 billones, los cuales habrían tenido que archivarse de no contarse con el nuevo marco legal.
Con el cumplimiento de ambas cámaras, el proyecto de ley pasa ahora a sanción presidencial y posterior publicación en el Diario Oficial, trámite que debe cumplirse antes del próximo 20 de junio para dar cumplimiento a lo establecido por la Corte Constitucional.
Con información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian
