La entidad tributaria advierte que este cobro constituye una práctica abusiva contra los consumidores y podría ser sancionado.
Habitantes de este municipio denunciaron que un supermercado local estaría cobrando $100 adicionales por el timbre de cada factura, bajo el argumento de evitar el incremento en los precios de los productos.
Ciudad y Región Comunicaciones, le consultó a la DIAN, en Bogotá, quienes respondieron de forma contundente. En diálogo con este medio, Luis Hernando Valero Vásquez, subdirector de Factura Electrónica y Soluciones Operativas de la entidad, aclaró que cobrar por emitir una factura electrónica es improcedente.
“Existe la obligación de facturar electrónicamente cuando se vende un bien o se presta un servicio. Es un deber legal regulado por el Estatuto Tributario y el Decreto 1625 de 2016. Por ello, su cobro no procede”, explicó el funcionario.
Valero Vásquez subrayó que la factura electrónica es un derecho del comprador y una obligación del comerciante, por lo que no puede condicionarse a un pago adicional. “¿Qué pasa si el comprador no paga por la factura? ¿No se la entregan? La respuesta es no. Siempre se debe emitir sin exigir ningún valor extra”, puntualizó.
Además, advirtió que esta práctica podría constituir una infracción sancionable, según la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor). El artículo 26 prohíbe las prácticas abusivas que afecten los derechos del consumidor, y el artículo 47 señala que acciones como el cobro indebido sin justificación son ilegales.
La DIAN recordó que las sanciones para este tipo de infracciones incluyen multas económicas e incluso el cierre temporal o definitivo del establecimiento, dependiendo de la gravedad de la conducta.
Finalmente, se hace un llamado a los consumidores de Carmen de Apicalá y del país en general para que denuncien este tipo de cobros irregulares, ya que afectan su derecho a recibir información clara, veraz y gratuita sobre sus compras.