El presidente de la Corte Constitucional de Colombia, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, ha impugnado la sentencia de un juez que le ordenaba retractarse públicamente por afirmaciones realizadas en una entrevista donde hizo señalamientos graves contra la madre de su primogénito. 
El conflicto se originó a partir de una entrevista concedida en agosto de 2025 al medio digital Casa Macondo, en la que Ibáñez habló sobre un proceso de paternidad y, según la decisión judicial, realizó afirmaciones que habrían afectado el buen nombre y la honra de la madre de su hijo, Yolanda Inés Robles Ramírez. Entre las declaraciones, el magistrado llegó a sugerir, sin pruebas, que ella lo habría drogado y abusado sexualmente, hechos que la mujer niega categóricamente. 
En diciembre de 2025, el Juzgado 12 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Neiva (Huila) determinó que esas afirmaciones vulneraban derechos fundamentales y ordenó que Ibáñez, en coordinación con el medio, publicara una rectificación y disculpas públicas dirigidas a Robles Ramírez, con igual despliegue y duración que la entrevista original. 
La resolución también estableció que el pronunciamiento debía mantenerse en la página web y las redes sociales del medio, y que las partes tenían tres días para impugnar la decisión ante instancias superiores. 
Frente a ese fallo, el propio magistrado Ibáñez presentó una impugnación, argumentando discrepancias con el alcance de la orden judicial. Paralelamente, tanto la madre como su hijo también interpusieron apelaciones contra aspectos de la decisión, lo que mantiene el proceso aún abierto y sujeto a revisión por tribunales superiores. 
Aunque posteriormente el magistrado acató parcialmente la orden judicial y presentó una rectificación, aclarando que no tenía pruebas que sustentaran las afirmaciones de abuso, esto no ha detenido las impugnaciones y el debate jurídico sobre la exigencia de disculpas públicas. 
Este caso ha generado atención pública tanto por la posición de Ibáñez como presidente de la Corte Constitucional como por su impacto en la esfera personal y familiar, y plantea cuestiones sobre los límites entre la libertad de expresión, la responsabilidad de figuras públicas y la protección del buen nombre de las personas.

