- El decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023 “lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal”, afirmó el ministro de Justicia, Néstor Osuna.
“Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”, advirtió el presidente Gustavo Petro Urrego en un mensaje publicado en su cuenta de la red X.
El mandatario explicó los alcances del Decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, que deroga las sanciones de multa impuestas por el gobierno anterior para el porte de dosis personal de droga.
“Al derogar las multas y el raqueteo que conlleva, la llevada al CAI y en muchos casos el golpe, la extorsión e incluso el abuso de mujeres cesan” y “podemos hablar de Paz al barrio”, manifestó el jefe de Estado.
De acuerdo con el presidente Petro, derogar las multas al porte establecidas de manera inconstitucional hará que la herida abierta entre la juventud barrial y la policía local se pueda cerrar, porque el Estado deja de “ejercer una persecución insensata contra los jóvenes de los que se sospecha son consumidores solo por ser jóvenes; la mayoría no son consumidores”.
En otros gobiernos, dijo, “se construyó como enemigo interno a la juventud barrial, eso llevó al ajusticiamiento de miles de jóvenes y al estallido social respondido por el Estado con decenas de muertos y miles de detenidos, todos jóvenes”.
“Esa guerra contra la juventud ha terminado. La policía debe lograr acabar las desconfianzas barriales con la juventud y centrarse en lo que la ley prohíbe. Capturar al capo, al lavador de dólares, y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía. La juventud del barrio no es el enemigo, es la Nación futura”, puntualizó el presidente de la República.
No dejarse engañar por desinformadores, pide Presidente
En otro mensaje de X, el jefe de Estado subrayó: “Ojo, no se deje engañar por los desinformadores. Lo único que ha hecho el gobierno es derogar la multa por porte de dosis personal porque así lo indicaron las Cortes.
“Todo lo demás continua igual. La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio. También esto es mandato de la Corte Constitucional, que acatamos y con la que estamos de acuerdo”.
Nuevo decreto ajusta la normativa a la jurisprudencia de las Cortes
El ministro de Defensa, Iván Velásquez, manifestó que el decreto 2114 “solo pretende ajustar la normativa a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, desconocida por el decreto 1844 del 2018 que ahora se deroga”.
A su vez, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, en un video publicado en X, reiteró que el decreto 2114 “no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico ni de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. No nos llamemos a engaños”.
“El decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el gobierno anterior para el porte de dosis personal. Ese gobierno había extendido una prohibición de consumo que estaba en el Código Nacional de Policía para crear esa sanción administrativa para el porte.
“Después de eso, la Corte Constitucional en varias sentencias ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente. También el Consejo de Estado, revisando ese decreto que estamos derogando ahora, manifestó que no se podía utilizar la figura de una sanción con multa para el porte, porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico.
“Por eso estamos derogando esa norma que permitía establecer una multa para el porte de dosis personal”, sostuvo el titular de la cartera de Justicia y del Derecho.