Corte Suprema concede domiciliaria a mujer de 87 años y advierte a jueces sobre trato digno a adultos mayores

La Corte Suprema de Justicia concedió el beneficio de prisión domiciliaria a una mujer de 87 años que había sido enviada a un establecimiento carcelario, al considerar que la decisión de primera instancia desconoció principios de proporcionalidad y humanidad.

El alto tribunal recordó que, al momento de imponer el lugar de cumplimiento de una condena, los jueces están obligados a valorar la edad, las condiciones físicas y de salud de la persona condenada. “Privar de la libertad en un centro penitenciario a una persona de edad avanzada no solo puede agravar su vulnerabilidad, sino que además desconoce el deber del Estado de garantizar la dignidad humana”, señaló la Sala.

En el fallo, la Corte también hizo un llamado de atención —un verdadero “jalón de orejas”— a las autoridades judiciales que ordenaron su encarcelamiento, enfatizando que no es admisible ignorar criterios de razonabilidad cuando se trata de adultos mayores.

Con esta decisión, el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria reiteró que la prisión domiciliaria no debe entenderse como un privilegio, sino como una medida adecuada y ajustada al respeto de los derechos fundamentales en casos de personas en situación de especial protección constitucional, como lo son los adultos mayores.

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